Prevención de riesgo por estrés térmico

En el mundo laboral existen muchos factores que pueden suponer un riesgo para la salud física y mental de los trabajadores según qué tareas desempeñen, pero hay determinados oficios que entrañan más peligro que otros en cuestiones de seguridad y salud, como aquellos trabajos desempeñados al aire libre (construcción, ganadería, obra pública, agricultura, etc.). En este tipo de oficios está presente un riesgo que, además de causar molestias durante la jornada laboral, puede suponer un riesgo mayor para el trabajador si no se toman las medidas adecuadas: El estrés térmico.

Estrés térmico laboral

Según recoge el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en la NTP 922, el estrés térmico corresponde a la carga neta de calor a la que los trabajadores están expuestos y que resulta de la contribución combinada de las condiciones ambientales del lugar donde trabajan, la actividad física que realizan y las características de la ropa que llevan, es decir, es el exceso de calor que los trabajadores reciben y acumulan en su cuerpo, en el que además influye el tipo de vestimenta que lleve el trabajador en el momento de desempeñar la tarea. Además de la indumentaria, hay otros factores que influyen a la sobrecarga térmica del trabajador:

  • Aclimatación del lugar de trabajo.
  • EPIS y medidas preventivas (protección solar, hidratación, gorros…)
  • Tiempos de descanso.
  • Condiciones propias del trabajador (edad, condición física, patologías, adaptabilidad al calor, obesidad, etc.).

Prevención del estrés térmico laboral

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales establece en el artículo 14, los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, por lo que el empresario deberá tomar las medidas preventivas necesarias para evitar que los trabajadores puedan sufrir algún tipo de riesgo. Entre las medidas preventivas podemos destacar las siguientes:

  • Informar y formar a los trabajadores sobre los riesgos, sus efectos y las medidas preventivas a adoptar
  • Habilitar zonas de descanso climatizadas, así como ambientes frescos y a la sombra.
  • Proporcionar agua potable en las proximidades de los puestos de trabajo.
  • Suministrar equipos de protección individual adecuados a los trabajadores (ropas amplias, transpirables, de tejido ligero y colores claros).
  • Evitar realizar un gran gasto de energía. Proporcionar por parte del empresario ayudas mecánicas y equipos de trabajo para la manipulación de cargas.
  • Adaptar los horarios. Organiza turnos rotativos para reducir el tiempo de la exposición al calor siempre que sea posible. Evita los trabajos pesados en las horas centrales del día y realiza descansos frecuentes.
  • Periodo de 7 a 15 días de adaptación para que el trabajador se aclimate al calor.

Es importante tomar en consideración todas estas medidas y trasladarlas a los trabajadores para garantizar su cumplimiento y evitar males mayores, como el ocurrido durante el año en 2017 con un trabajador forestal en Navarra, cuyo fallecimiento se produjo por una exposición prolongada a temperaturas superiores a los 36ºC.

Autora:

Marta Carmona Martín – TSPRL en Metadata SL

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