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Joaquín Aranda Vera

Técnico Intermedio PRL en MetaContratas

Preguntas frecuentes sobre REA

Si llevas un tiempo leyendo el blog, sabrás que hace unos meses hablamos sobre qué es el REA, qué se acredita con ello, así como las últimas mejoras que ha tenido. Aquí puedes ver el artículo mencionado: Mejoras del REA; Registro de Empresas Acreditadas REA

Hoy vamos a hablar de las preguntas frecuentes sobre REA. Si estás pensando en inscribirte en el REA o simplemente te han pedido el certificado y no sabes por dónde empezar, es normal que te surjan algunas dudas. Aquí te dejo las más habituales:

¿Puedo trabajar mientras mi inscripción está en trámite?

No. Hasta que no aparezcas oficialmente en el registro de tu comunidad autónoma, no puedes intervenir en obras como contratista ni subcontratar trabajos. Aunque hayas presentado la solicitud, debes esperar a que se resuelva. A veces la tentación de empezar antes es grande, pero hacerlo puede suponer sanciones y problemas legales.

¿Tengo que inscribirme en todas las comunidades autónomas donde voy a trabajar?

Sí. El REA es autonómico, lo que significa que debes estar inscrito en cada comunidad autónoma en la que realices obras. Por ejemplo, si trabajas en Andalucía y luego tienes un proyecto en Madrid, necesitas estar inscrito en el REA de ambas comunidades. Esta es una de las preguntas frecuentes sobre REA que más confusión genera entre los profesionales del sector.

¿Cuánto tarda la inscripción? ¿Tiene caducidad?

El tiempo depende de la comunidad autónoma, pero por lo general puede tardar entre 5 y 15 días hábiles. Si falta documentación o hay algún error en el formulario, el plazo se puede alargar. Por eso es importante revisar bien todo antes de enviar la solicitud.

La inscripción tiene una validez de tres años. Una vez cumplido ese plazo, debes renovarla si quieres seguir trabajando legalmente en el sector. Es tu responsabilidad estar pendiente del vencimiento, ya que no todas las comunidades envían un aviso automático.

 ¿Qué documentación me pueden pedir para inscribirme?

Depende un poco de la comunidad autónoma, pero normalmente se pide:
Escritura de constitución de la empresa (o alta como autónomo).
• Justificante de alta en la Seguridad Social.
Formación en prevención de riesgos laborales obligatoria.
• Certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social.

Este listado forma parte de las preguntas frecuentes sobre REA más consultadas antes de iniciar el trámite.

 ¿Qué consecuencias tiene no estar inscrito en el REA?

Las consecuencias pueden ser graves:
• No podrás participar legalmente en obras como contratista o subcontratista.
• Otras empresas no querrán trabajar contigo si no estás inscrito, ya que ellas también pueden ser sancionadas.
• Te expones a sanciones económicas si se detecta que estás operando sin cumplir este requisito.
• Puedes quedar excluido de licitaciones públicas o contratos con grandes empresas.

Soy autónomo sin empleados, ¿tengo que inscribirme?

Aquí hay matices. Si eres autónomo y no subcontratas a nadie ni tienes trabajadores a tu cargo, en teoría no estás obligado. Pero en la práctica, muchas empresas contratistas exigen el REA a todos los profesionales que entran en obra, como condición para trabajar con ellos. En estos casos, aunque no sea legalmente obligatorio, conviene tenerlo.

 

Fuentes y enlaces de interés:
Junta de Andalucía – Preguntas frecuentes sobre el Registro de Empresas Acreditadas (REA)
Ministerio de Trabajo y Economía Social – Preguntas frecuentes sobre REA

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